Decreta AMLO que agua concesionada en Nuevo León sea para uso doméstico y público urbano
El decreto establece que los volúmenes de agua serán contabilizados mediante la instalación de aparatos de medición a cargo del organismo operador de Nuevo León.
CIUDAD DE MÉXICO .- El agua concesionada en Nuevo León será aprovechada temporalmente para uso doméstico a través de un decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La medida forma parte del plan del gobierno Federal para atender la emergencia de desabasto en el estado.
De acuerdo con el decreto, las medidas que entrarán en vigor a partir de la publicación y tendrán una duración de hasta seis meses, pero serán sujetas a “la subsistencia del estado de baja disponibilidad en las fuentes de abastecimiento de agua para uso doméstico y público urbano”.
En su Artículo Segundo el decreto establece que “por ser causa de utilidad pública, de interés público y un asunto de seguridad nacional, se ordena aprovechar temporalmente los derechos de agua existentes, mediante la modificación o reducción provisional de volúmenes concesionados, destinados para usos distintos del doméstico y del público urbano”.
Conagua se encargará de convenios
La Comisión Nacional del Agua (Conagua) será la encargada de celebrar los convenios de concertación con los concesionarios y de coordinación con las autoridades locales que se requieran.
Los volúmenes de agua que sean objeto de las medidas establecidas en el decreto se entregarán directamente, “desde el punto de extracción en la infraestructura del concesionario a la red de distribución, en coordinación con el organismo operador del estado, en tanto subsista la emergencia” para lo cual se deben realizar las acciones y medidas técnicas necesarias, precisa.
En su Artículo Cinco el decreto establece que los volúmenes de agua serán contabilizados mediante la instalación de aparatos de medición a cargo del organismo operador de Nuevo León.
El organismo operador de la entidad pagará la cuota de uso público urbano y los concesionarios quedarán liberados del pago de derecho de agua por el tiempo que dure la medida.
“Una vez que cesen los efectos de las medidas materia del presente decreto, los titulares de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales podrán disponer del total del volumen de agua concesionado y serán responsables del cumplimiento de las obligaciones inherentes a los mismos, así como a las disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento”, precisa.